RGCE Anexo 13

RGCE Anexo 13 El 28 de Diciembre de 2023, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas Generales de Comercio Exterior 2024 y su Anexo 13, mismas que entrarán en vigor a partir del 1o de Enero del al 31 de Diciembre de 2024, salvo sus Transitorios. Algunos de los cambios en relación a la publicación se mencionan a continuación. En apartado Glosario de Acrónimos y Definiciones: ACOECE – Administración Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior de la AGACE. ACSMC – Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la AGCT SEMARNAT – Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. En apartado Causales de Suspensión del Padrón de Importadores, Regla 1.3.3 Cuando no se corrija la situación del contribuyente derivado de una verificación de origen y esta haya tenido una resolución negativa. Cuando mediante resolución de autoridad aduanera que no realizo el entero de retenciones de IVA. Nuevas Reglas: Se adiciona la regla 1.3.14 que hace referencia a que los obligados a inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o al Padrón de Exportadores Sectorial son los señalados en el Anexo 10. Se crea la regla 3.1.41, para hacer referencia y relacionarla con el instructivo de llenado del pedimento ya previsto en el Anexo 22. Se crea la RGCE 7.1.12, en relación y hace referencia al Anexo 28 el cual menciona aquellas mercancías que pueden importar las empresas parte del RECE modalidad CIVA. Se crea 5.1.6, precisando que las operaciones aduaneras efectuadas por las misiones diplomáticas y consulares y su personal extranjero pagarán el Derecho de Trámite Aduanero (DTA) conforme a la fracción VI del artículo 40 de la Ley Federal de Derechos ($ 417.00 M.N). Se crea 5.1.7, señalando que la importación de mercancía no originaria procedente de un país parte del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT) pagará el DTA conforme a la fracción IV del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos ($ 425.00 M.N.) a partir del 30 de diciembre de 2023. Obligatoriedad de expedición de los CFDI con complemento Carta Porte en operaciones internacionales A partir del 1 de enero de 2024, la emisión de los CFDI con el complemento carta Porte en operaciones internacionales será obligatoria. Anexo 13 – “Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento”. Se actualizan diversas multas, mismas que se calcularon considerando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor.Se estará compartiendo mayor detalle de las modificaciones en comunicados adicionales. DOF – RGCE 2024 Con gusto de asesorarte  Acércate a los expertos en comercio exterior para recibir asesoría en relación a este tema y mas en comercio exterior y negocios.. Compartir: Entrada anteriorSiguiente entrada Deja un Comentario Cancelar respuesta Conectado como Luis Flores. Edita tu perfil. ¿Salir? Los campos obligatorios están marcados con * Message* More than 2 results are available in the PRO version (This notice is only visible to admin users) Categorías Casos Prácticos 14 Logística y Transporte 0 Regulaciones y Cumplimiento 0 Tendencias y Tecnología 0 TLCs y Acuerdos 0 Artículos Recientes RGCE 2024: 2da Resolución y Anexos 1,2,5 y 24 15 Oct 2024 EE. UU. frena prácticas laborales chinas 10 Oct 2024 SAT reforzará fiscalización desde octubre 2024. 09 Oct 2024 SAT: Acceso en línea Anexo 24 08 Oct 2024 Carta encomienda- Agente Aduanal 07 Oct 2024 Reseñas Daniel Torres Director de Innovación en TransLogix La forma en que abordan las nuevas tecnologías aplicadas al comercio exterior me ha ayudado a proponer mejoras internas. Muy recomendado para áreas de innovación y logística. Carlos Méndez Gerente de Logística Internacional en Grupo Recytex El blog de comercio exterior de Comwor ha sido un gran hallazgo. La claridad con la que explica temas como IMMEX y PROSEC es impresionante. Lo he compartido con todo mi equipo. Luis Téllez Director Comercial en Agroexport del Norte Excelente contenido. Las actualizaciones sobre tratados internacionales me han ayudado a tomar decisiones estratégicas para nuestras exportaciones. ¿Tienes preguntas? +52 81 2584 3242 asesoria_comwor@grupocomwor.com

Estímulos fiscales en deducciones en ISR “Nearshoring”

Estímulos fiscales en deducciones en ISR “Nearshoring” El pasado 11 de Octubre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, una serie de estímulos fiscales en deducciones de ISR para las empresas y personas físicas con actividad empresarial, los principales son aplicables a: Inversiones en bienes nuevos de Activo Fijo.   Gastos en Capacitación.   Estas deducciones serán aplicables durante el periodo del 12 de octubre de 2023 al 31 de diciembre de 2024. Es importante señalar que los estímulos señalados tienen un porcentaje topado de deducción, además del que serán aplicables a empresas que se dediquen a la producción, elaboración o fabricación industrial de los bienes que se señalan a continuación, y además los exporten: Productos destinados a la alimentación humana y animal.   Fertilizantes y agroquímicos.   Materias primas para la industria farmacéutica y preparaciones farmacéuticas.   Componentes electrónicos, como tarjetas simples o cargadas, circuitos, capacitores, condensadores, resistores, conectores y semiconductores, bobinas, transformadores, arneses y módem para computadora y teléfono.   Maquinaria para relojes, instrumentos de medición, control y navegación, y equipo médico electrónico, para uso médico.   Baterías, acumuladores, pilas, cables de conducción eléctrica, enchufes, contactos, fusibles y accesorios para instalaciones eléctricas.   Motores de gasolina, híbridos y de combustibles alternativos, para automóviles, camionetas y camiones.   Equipo eléctrico y electrónico, sistemas de dirección, suspensión, frenos, sistemas de transmisión, asientos, accesorios interiores y piezas metálicas troqueladas, para automóviles, camionetas, camiones, trenes, barcos y aeronaves.   Motores de combustión interna, turbinas y transmisiones, para aeronaves.   Equipo y aparatos no electrónicos para uso médico, dental y para laboratorio, material desechable de uso médico y artículos ópticos de uso oftálmico.   Adicionalmente existen restricciones que deberán ser analizadas para su aplicación, además de encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y llevar a cabo un aviso para notificar que desean gozar de estos estímulos ante la autoridad competente. DOF_Estimulos Fiscales_11Oct Con gusto de asesorarte  Acércate a los expertos en comercio exterior para recibir asesoría en relación a este tema y mas en comercio exterior y negocios.. Compartir: Entrada anteriorSiguiente entrada Deja un Comentario Cancelar respuesta Conectado como Luis Flores. Edita tu perfil. ¿Salir? Los campos obligatorios están marcados con * Message* More than 2 results are available in the PRO version (This notice is only visible to admin users) Categorías Casos Prácticos 14 Logística y Transporte 0 Regulaciones y Cumplimiento 0 Tendencias y Tecnología 0 TLCs y Acuerdos 0 Artículos Recientes RGCE 2024: 2da Resolución y Anexos 1,2,5 y 24 15 Oct 2024 EE. UU. frena prácticas laborales chinas 10 Oct 2024 SAT reforzará fiscalización desde octubre 2024. 09 Oct 2024 SAT: Acceso en línea Anexo 24 08 Oct 2024 Carta encomienda- Agente Aduanal 07 Oct 2024 Reseñas Daniel Torres Director de Innovación en TransLogix La forma en que abordan las nuevas tecnologías aplicadas al comercio exterior me ha ayudado a proponer mejoras internas. Muy recomendado para áreas de innovación y logística. Carlos Méndez Gerente de Logística Internacional en Grupo Recytex El blog de comercio exterior de Comwor ha sido un gran hallazgo. La claridad con la que explica temas como IMMEX y PROSEC es impresionante. Lo he compartido con todo mi equipo. Luis Téllez Director Comercial en Agroexport del Norte Excelente contenido. Las actualizaciones sobre tratados internacionales me han ayudado a tomar decisiones estratégicas para nuestras exportaciones. ¿Tienes preguntas? +52 81 2584 3242 asesoria_comwor@grupocomwor.com

VUCEM: Captura NICO en Importación

VUCEM: Captura NICO en Importación A través de oficio número 516.2023.2564, publicado el pasado 29 de Septiembre la Secretaría de Economía comunica que a partir del 02 de Octubre será necesario seleccionar en su solicitud de permiso automático de importación el NICO, en el campo correspondiente y NO será necesario capturar esta información en el campo “Descripción de la mercancía” como se hacía anteriormente; Es importante mencionar que esto solo aplicará para mercancias de calzado, productos texitles y de confección. Se comparte publicación en el enlace siguiente, además de una imagen del campo en VUCEM.   Compartir: Entrada anteriorSiguiente entrada Deja un Comentario Cancelar respuesta Conectado como Luis Flores. Edita tu perfil. ¿Salir? Los campos obligatorios están marcados con * Message* More than 2 results are available in the PRO version (This notice is only visible to admin users) Categorías Casos Prácticos 14 Logística y Transporte 0 Regulaciones y Cumplimiento 0 Tendencias y Tecnología 0 TLCs y Acuerdos 0 Artículos Recientes RGCE 2024: 2da Resolución y Anexos 1,2,5 y 24 15 Oct 2024 EE. UU. frena prácticas laborales chinas 10 Oct 2024 SAT reforzará fiscalización desde octubre 2024. 09 Oct 2024 SAT: Acceso en línea Anexo 24 08 Oct 2024 Carta encomienda- Agente Aduanal 07 Oct 2024 Reseñas Daniel Torres Director de Innovación en TransLogix La forma en que abordan las nuevas tecnologías aplicadas al comercio exterior me ha ayudado a proponer mejoras internas. Muy recomendado para áreas de innovación y logística. Carlos Méndez Gerente de Logística Internacional en Grupo Recytex El blog de comercio exterior de Comwor ha sido un gran hallazgo. La claridad con la que explica temas como IMMEX y PROSEC es impresionante. Lo he compartido con todo mi equipo. Luis Téllez Director Comercial en Agroexport del Norte Excelente contenido. Las actualizaciones sobre tratados internacionales me han ayudado a tomar decisiones estratégicas para nuestras exportaciones. ¿Tienes preguntas? +52 81 2584 3242 asesoria_comwor@grupocomwor.com

Reporte DIEMSE para Empresas de Exportación

Reporte DIEMSE para Empresas de Exportación ¿Quiénes lo presentan? Las personas morales del régimen general de ley que efectúen operaciones de maquila, en cualquiera de sus modalidades, al amparo del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación. ¿Cuándo se debe presentar? A más tardar en el mes de junio del año de que se trate. ¿Donde se presenta? A través del portal del SAT. ¿En qué consiste? Consiste básicamente en la determinación de la utilidad fiscal mínima en base a 6.5% sobre el monto de costos y gastos o 6.9% sobre el valor total de los activos, ambos relacionados en la operación de maquila (Safe Harbor) o bien obtengan resolución particular ante la autoridad fiscal (APA), tienen la obligación de informar las operaciones de maquila que tuvieron durante el ejercicio fiscal mediante la declaración llamada “DIEMSE”. Fundamento legal Ley del Impuesto sobre la Renta para 2019: Artículo 182, segundo párrafo, 183, segundo y cuarto párrafos fracción II, inciso c). Resolución Miscelánea Fiscal para 2019: Anexo 1, rubro A, numeral 2 y Anexo 1-A Trámite 118/ISR. Resolución Miscelánea Fiscal para 2019: Reglas 2.8.9.2. y 2.8.9.3. Compartir: Siguiente entrada Deja un Comentario Cancelar respuesta Conectado como Luis Flores. Edita tu perfil. ¿Salir? Los campos obligatorios están marcados con * Message* More than 2 results are available in the PRO version (This notice is only visible to admin users) Categorías Casos Prácticos 14 Logística y Transporte 0 Regulaciones y Cumplimiento 0 Tendencias y Tecnología 0 TLCs y Acuerdos 0 Artículos Recientes RGCE 2024: 2da Resolución y Anexos 1,2,5 y 24 15 Oct 2024 EE. UU. frena prácticas laborales chinas 10 Oct 2024 SAT reforzará fiscalización desde octubre 2024. 09 Oct 2024 SAT: Acceso en línea Anexo 24 08 Oct 2024 Carta encomienda- Agente Aduanal 07 Oct 2024 Reseñas Daniel Torres Director de Innovación en TransLogix La forma en que abordan las nuevas tecnologías aplicadas al comercio exterior me ha ayudado a proponer mejoras internas. Muy recomendado para áreas de innovación y logística. Carlos Méndez Gerente de Logística Internacional en Grupo Recytex El blog de comercio exterior de Comwor ha sido un gran hallazgo. La claridad con la que explica temas como IMMEX y PROSEC es impresionante. Lo he compartido con todo mi equipo. Luis Téllez Director Comercial en Agroexport del Norte Excelente contenido. Las actualizaciones sobre tratados internacionales me han ayudado a tomar decisiones estratégicas para nuestras exportaciones. ¿Tienes preguntas? +52 81 2584 3242 asesoria_comwor@grupocomwor.com

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