RGCE Anexo 13

El 28 de Diciembre de 2023, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas Generales de Comercio Exterior 2024 y su Anexo 13, mismas que entrarán en vigor a partir del 1o de Enero del al 31 de Diciembre de 2024, salvo sus Transitorios.

Algunos de los cambios en relación a la publicación se mencionan a continuación.

En apartado Glosario de Acrónimos y Definiciones:

En apartado Causales de Suspensión del Padrón de Importadores, Regla 1.3.3

  1. Cuando no se corrija la situación del contribuyente derivado de una verificación de origen y esta haya tenido una resolución negativa.
  2. Cuando mediante resolución de autoridad aduanera que no realizo el entero de retenciones de IVA.

Nuevas Reglas:

  1. Se adiciona la regla 1.3.14 que hace referencia a que los obligados a inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o al Padrón de Exportadores Sectorial son los señalados en el Anexo 10.
  2. Se crea la regla 3.1.41, para hacer referencia y relacionarla con el instructivo de llenado del pedimento ya previsto en el Anexo 22.
  3. Se crea la RGCE 7.1.12, en relación y hace referencia al Anexo 28 el cual menciona aquellas mercancías que pueden importar las empresas parte del RECE modalidad CIVA.
  4. Se crea 5.1.6, precisando que las operaciones aduaneras efectuadas por las misiones diplomáticas y consulares y su personal extranjero pagarán el Derecho de Trámite Aduanero (DTA) conforme a la fracción VI del artículo 40 de la Ley Federal de Derechos ($ 417.00 M.N).
  5. Se crea 5.1.7, señalando que la importación de mercancía no originaria procedente de un país parte del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT) pagará el DTA conforme a la fracción IV del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos ($ 425.00 M.N.) a partir del 30 de diciembre de 2023.

Obligatoriedad de expedición de los CFDI con complemento Carta Porte en operaciones internacionales

A partir del 1 de enero de 2024, la emisión de los CFDI con el complemento carta Porte en operaciones internacionales será obligatoria.

Anexo 13 - “Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento”.

Se actualizan diversas multas, mismas que se calcularon considerando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor.
Se estará compartiendo mayor detalle de las modificaciones en comunicados adicionales.

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Reseñas

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Carlos Méndez Gerente de Logística Internacional en Grupo Recytex

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Luis Téllez Director Comercial en Agroexport del Norte

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