Importadores y Exportadores
Se actualizaron las Preguntas Frecuentes del Formato E2 “Manifestación de Valor”, en su versión del 30 de septiembre de 2026. La CLAA también difundió los principales cambios mediante su Circular Informativa 140, del 5 de octubre.
Los puntos de mayor relevancia son:
1. Información al agente o agencia aduanal en supuestos específicos
La pregunta 29 precisa el procedimiento para las operaciones comprendidas en la regla 1.5.1., último párrafo, y las facilidades de las reglas 4.5.31., fracción XVIII, y 7.3.3., fracción XXIV:
Antes del despacho: entregar la información y documentación disponible que permita identificar el valor declarado y el método de valoración, para elaborar el pedimento y determinar las contribuciones.
Esta precisión corresponde a los supuestos expresamente señalados y no constituye una autorización general para presentar la MVE después del despacho.
2. Residentes extranjeros sin establecimiento permanente
Se incorpora una pregunta para residentes extranjeros que no estén jurídicamente obligados a generar e.firma ni certificados de sellos digitales.
En este supuesto, la información y documentación del valor deberá entregarse a requerimiento de la autoridad aduanera, pudiendo utilizarse la guía publicada en Ventanilla Digital.
La CLAA señala que, para los supuestos analizados, la utilización de esta guía no implica su transmisión por Ventanilla Única. Es necesario verificar individualmente quién realiza la importación y qué disposición le resulta aplicable.
3. Operaciones sin pago
Se ajusta la redacción relativa a mercancía donada o muestras amparadas bajo protocolo de investigación en humanos. Se mantiene la instrucción de llenar “Precio por pagar” y señalar el tipo de operación en el campo correspondiente al momento o situación del pago.
4. Calendario gradual de implementación
Aunque las preguntas frecuentes 21 y 28 ahora hacen referencia al 1 de noviembre de 2026, el comunicado conjunto SAT–ANAM–ATDT del 2 de octubre precisa el siguiente calendario:
| Régimen aduanero | Inicio anunciado |
|---|---|
| Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado | 1 de noviembre de 2026 |
| Recinto fiscalizado estratégico | 15 de noviembre de 2026 |
| Tránsito de mercancías | 1 de diciembre de 2026 |
| Depósito fiscal | 15 de diciembre de 2026 |
| Importación temporal | 1 de enero de 2027 |
| Importación definitiva | 15 de enero de 2027 |
Por ello, la fecha debe identificarse conforme al régimen de cada operación, considerando las excepciones y facilidades que resulten aplicables.
Recomendaciones de GRUPO COMWOR
Identificar las operaciones obligadas a transmitir y documentar el fundamento de cualquier excepción.
Acordar con el agente aduanal qué información se entregará antes y después del despacho.
Integrar los soportes del valor, método de valoración, pagos e incrementables.
Actualizar procedimientos, responsables y sistemas conforme al calendario aplicable.
Evitar interpretar estas precisiones como una exención general por contar con IMMEX o certificación IVA-IEPS.
Preguntas frecuentes VUCEM del 30 de septiembre de 2026; Circular CLAA 140 del 5 de octubre de 2026; Comunicado conjunto SAT–ANAM–ATDT 60-2026 del 2 de octubre de 2026.
La forma en que abordan las nuevas tecnologías aplicadas al comercio exterior me ha ayudado a proponer mejoras internas. Muy recomendado para áreas de innovación y logística.
El blog de comercio exterior de Comwor ha sido un gran hallazgo. La claridad con la que explica temas como IMMEX y PROSEC es impresionante. Lo he compartido con todo mi equipo.
Excelente contenido. Las actualizaciones sobre tratados internacionales me han ayudado a tomar decisiones estratégicas para nuestras exportaciones.
Si deseas mantenerte informado, inscríbete para recibir nuestros boletines informativos que se compartirán mediante correo electrónico.
© Grupo Comwor. Todos los derechos reservados. Terminos y condiciones