Envío de reporte DIEMSE (Declaración Informativa de Empresas Manufactureras,
Maquiladoras, y de Servicios de Exportación).
22 junio, 2021
¿Quiénes lo presentan?
Las personas morales del régimen general de ley que efectúen operaciones de
maquila, en cualquiera de sus modalidades, al amparo del Decreto para el
Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de
Exportación.
¿Cuando se debe presentar?
A más tardar en el mes de junio del año de que se trate.
¿Donde se presenta?
A través del portal del SAT.
¿En qué consiste?
Consiste básicamente en la determinación de la utilidad fiscal mínima
en base a 6.5% sobre el monto de costos y gastos o 6.9% sobre el
valor total de los activos, ambos relacionados en la operación de
maquila (Safe Harbor) o bien obtengan resolución particular ante
la autoridad fiscal (APA), tienen la obligación de informar las
operaciones de maquila que tuvieron durante el ejercicio fiscal
mediante la declaración llamada “DIEMSE”.
Fundamento legal
Ley del Impuesto sobre la Renta para 2019: Artículo 182, segundo párrafo, 183, segundo y cuarto párrafos fracción II, inciso c).
Resolución Miscelánea Fiscal para 2019: Anexo 1, rubro A, numeral 2 y Anexo 1-A Trámite 118/ISR.
Resolución Miscelánea Fiscal para 2019: Reglas 2.8.9.2. y 2.8.9.3.